Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano RAMON ANTONIO DELGADILLO GALINDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.518.363, en contra de la ciudadana ILVIA MARIA TORRES AULAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.815.829, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha catorce (14) de junio de 2013, por ante el Registro Civil de del Municipio José Rafael Revenga, El Consejo del estado Aragua, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta Nº 72, Folio 72, Tomo I, de los Libros de Registros de Matrimonios ll.....