DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda imponerle al ciudadano MIGUEL ANGEL BARRIOS GONZALEZ ampliamente identificado, la Medida Cautelar establecida en los ordinales 3°, 4° y 6° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal es decir, deberá presentarse cada ocho (08) días ante la sede de la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; no podrá ausentarse de la Jurisdicción del Estado Miranda y Area Metropolitana de Caracas y no podrá acercarse bajo ninguna circunstancia a la ciudadana MARVIC COROMOTO HERNANDEZ DIAZ, mientras dura la presente investigación, quien fue aprehendido el 30 de Mayo de 2005, por la presunta comisión del delito ROBO previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se.....