OTORGAR a los imputados: DIXON ELIAS CASTRO CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V-18.271.297, LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA menos gravosa, de conformidad con el articulo 256 ordinales 3° y 8°, del Código Orgánico Procesal Penal vigente, por lo que deberán presentar el imputado, Dos (02) fiadores que devenguen en su conjunto un sueldo equivalente a CUARENTA (40) unidades Tributarias, presentado constancia de residencia y de buena conducta, constancia de trabajo donde se especifique la cualidad del que la suscribe y una vez satisfechos los requisitos de la fianza, deberán presentarse cada Quince (15) días ante la Secretaría de este Tribunal Cuarto de Control, todo de conformidad con los artículos, 8,9,243 y 250 ejusdem y al ciudadano VAAMONDE VAAMONDE JOSE JOEL, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.984.181, LIBERTAD PLENA por cuanto no hay suficientes elementos de convicción en la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas......