Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA EJECUCIÓN, de conformidad con lo establecido en el articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1º ejusdem, y a tal efecto se ACUERDA LA LIBERTAD PLENA en la presente causa, seguida en contra del ciudadano GONZALEZ JOSE CARDENAS MORILLO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.587.993, de nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, 43 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en calle Unión, Edificio AIPI, piso 2, apartamento 2-E, La Macarena, Los Teques, Estado Miranda, en consecuencia se acuerda librar oficio al Comandante de la Dirección General Sectorial de.....