Este Juzgado si bien es cierto que no le corresponde en esta etapa del proceso la valoración de pruebas, estima acreditados ciertos hechos, en base a los elementos de convicción que surgen de un análisis exhaustivo de las Actas Procesales, quedando plasmados los mismos en los siguientes instrumentos:.
1.- Acta policial de fecha 17 de noviembre de 2003, suscrita por los funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, Región Policial N° 6 Agente VARGAS JOSE LUIS, titular de la cédula de identidad N°. 14.017.248, placa N° 01580 y el Agente JHON PORTALES, titular de la cédula de identidad No. 15.541.871, placa N° 02555.-
2.- Resultado de la experticia balística practicada a un arma de fuego tipo Revólver, marca Rexio, modelo Jaguar, calibre 38mm Special fabricada en Argentina, pavón gris, empuñadura cubierta por dos piezas elaboradas en material sintético de color negro y un cartucho del mismo calibre sin percutir, puestos de vista y.....