Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA la decisión dictada por este Tribunal en fecha 24-08-2003, al imputado RANDY MARCIAL BUTTER MIJARES, y en su lugar, le IMPONE la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante este Tribunal de dos (2) personas responsables, debiendo consignar los documentos que a continuación se señalan: Carta de Residencia, Carta de Buena Conducta, todos recientes, así como fotocopia de la cédula de identidad, y la presentación de imputado ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial cada Ocho (08) días, por un lapso de seis (06) meses, de conform.....