Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la ACCION REIVINDICATORIA interpuesta por los ciudadanos BETSY RAMONA LUGO TALAVERA y RAFAEL LUIS LUGO PADRINO, contra la ciudadana SONIA ISABEL BLANCO ECHARRY, todos plenamente identificados al comienzo de este fallo.