"... este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer en primera instancia, del recurso nulidad interpuesto por la parte recurrente, identificada a los autos, en contra providencia administrativa N° 311-2010 dictada en fecha 02-06-2010, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en la ciudad de Guatire, del Estado Bolivariano de Miranda, en consecuencia a ello, DECLINA COMPETENCIA para el conocimiento de la presente causa, en los Tribunales de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, por lo que se ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, a los fines de la distribución respectiva ..."