DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la empresa INDUSTRIA JADE C.A., contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, a través de la Inspectoria del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, en virtud de la Providencia Administrativa Nro. 477-2011 de fecha 21-09-2011, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por la ciudadana VERUVSKA VALENTINA AGOSTINI HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.323.491, en su contra. SEGUNDO: no hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Se ordena noti.....