Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos HENDERSON JOSE GARCIA GARCIA, BETSY MANUELA GARCIA GARCIA y YEFERSON JOSE GARCIA GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.283.418, V-10.277.941 y V-12.161.339, respectivamente, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE CIRILO GARCIA fallecido en fecha 27 de febrero de 2019, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.034.504, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
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