Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por: una (01) vivienda unifamiliar de dos plantas, y el área sobre la cual está construida, distinguida con el N° 04, ubicada en la URBANIZACIÓN LOS SAMANES DE BETANIA III, desarrollada sobre la parcela Multifamiliar identificada como "Residencial Multifamiliar" M-1", la cual forma parte del Lote de terreno distinguido como Lote A-1, A-2 y A-3, el cual a su vez forma parte del denominado Fundo Cantarrana, ubicado en la Carretera Nacional Charallave – Ocumare del Tuy, aproximadamente a las once Kilómetros (11Km) del Distribuidor la Peñita Parroquia Charallave, en jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del estado M.....