PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACION DEL FISCAL SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO Dr. José Antonio Meneses, en contra de los acusado HECTOR JOSE VASQUEZ FUENTES y MIGUEL ANGEL MARCANO DE LA CRUZ, por la presunta comisión de los delitos de CONCUCION, VIOLACION DE DOMICILIO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 60 de la Ley Contra la Corrupción, en relación con los artículos 184, 77 ordinal 8° y 286 del Código Penal respectivamente, en perjuicio del ciudadano José Luis Cabrita Reyes por los hechos ocurridos en fecha 19 y 22 de agosto de 2005;
SEGUNDO: SE ADMITEN LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINISTERIO PUBLICO y LA DEFENSA al ser estimadas, licitas, necesarias y pertinentes en la búsqueda de la verdad, las cuales serán recibidas con las formalidades de ley en fase de juicio en debate oral y publico, a saber:
A.- TESTIMONIALES DE FUNCIONARIOS POLICIALES INTERVINIENTES EN EL PROCEDIMIENTO Y EXPERTOS como sujetos de pruebas, a los fines de ser recibida sus.....