este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus RAMON ARISTIDES ANTILLANO ARGUINZONES, a su esposa ciudadana GLENIS COROMOTO MORALES DE ANTILLANO, y a sus hijos ciudadanos JOHANA JOSEFINA ANTILLANO MORALES, VERONICA GLENIARIS ANTILLANO MORALES y WUILLIAM RAMON ANTILLANO MORALES