Este Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN, con efectos de cosa juzgada al CONVENIMIENTO realizado en fecha Veintiuno (21) de Octubre del Año Dos Mil Once (21/10/2011) ante este Juzgado, suscrita por la ciudadana MARÌA SOLEDAD RASQUÌN DE FÈRNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº. V-10.888.770, debidamente asistida por la Profesional del Derecho: NORAIDA VILLALTA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº. 98.453 y titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 10.072.851, parte demandante en el presente juicio y por el ciudadano VIKTOR JESUS GONZÀLEZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº .V- 10.079.155, parte demandada en la presente causa.-