Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y actuando por autoridad de la Ley, declara: la interdicción, del ciudadano, venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°, y la coloca bajo tutela conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, y le designa tutor interino, a su padre, todo conforme a lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil y 396 del Código Civil. El presente decreto surte sus efectos a partir de la presente fecha.