IV.- DECISIÓN.
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARÍA CONCEICAO PINHEIRO DE JARDÍN, venezolana, mayor de edad e identificada con la cédula de identidad N.º V-14.690.697, por conducto de su apoderado judicial, abogado GERMÁN JOSÉ GARCÍA LIMONTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el No. 45.541, el 30/07/2025 y 14/08/2025, en contra del decreto intimatorio proferido el 26/06/2025, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda;
SEGUNDO: SE REVOCA el decreto intimatorio proferido el 26/06/2025, por el Tribunal Cuarto de Primera I.....