presente solicitud a favor de los ciudadanos JUANA CRISTINA GUILLEN DE NIEVES, JOSE MANUEL GUILLEN GOMEZ, YNOCENTE YSRAELGUILLEN GOMEZ, ELIAZAR GUILLEN GOMEZ, LINA MERCEDES GUILLEN DE RODRIGUEZ, DARIA GUILLEN DE AZUAJE, PETRA GUILLEN DE SOJO y LUCINA YUDITH GUILLEN DE ALADEJO, plenamente identificados ut supra, asimismo, dejando a salvo los derechos que pudiese corresponder a terceros.
Devuélvase original con sus resultas. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada del presente Justificativo Judicial a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los Dos (02) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diez y Seis (2016). Años: 205º de la Independencia y 157° de la Federación
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