- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE TERRENO INTI, a favor de la ciudadana NICACIA POMPELLA HERRERA DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.177. 062, sobre unas bienhechurias conformadas por una VIVIENDA con un área de construcción de DOSCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (212,33 Mts2). Cuyos linderos particulares son: NORTE: En tres medidas discontinuas de 3,90 Mts, 2,95 Mts y 8,30 Mts con anexo y patio. SUR: En 15,15 Mts con Terreno de INTI ocupado por Nicacia Herrera. ESTE: En dos medida.....