Declara Improcedente la solicitud interpuesta en fecha 01/04/2004, por el Dr. Ciro Fernando Camerlingo, en su carácter de Fiscal 3º Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en relación a que se ordene la aprehensión de los ciudadanos: 1- Goncalves Gilberto De Freitas, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.037.059, y 2- Orangel Ramos Silva Cordero, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-6.879.285; de conformidad con lo dispuesto en el primero y último aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia remítanse las actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público.