declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 27 de febrero del 2008, por la Abogada JUDITH ORELLANA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto proferido por el Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas. SEGUNDO: Se confirma en todas sus parte el auto recurrido.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.