...DECLARA estas diligencias JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos TORIBIO JOSE LANDAETA SCHMUCK y DILIA EUSTOQUIA AQUINO DE LANDAETA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.744.396 y V-3.632.417 respectivamente, en su condición de padres, se consideren ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante que en vida respondiera al nombre de ROSA LINDA LANDAETA AQUINO, venezolana, mayor de edad y portó cédula de identidad Nº V-10.886.395.; quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por la Profesional del Derecho CENAIMA H. BERNAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.470 y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Asimismo, déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.