DECISIÓN
Con fuerza en la motivación precedente, este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LO TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se corrige el error material incurrido en decisión de fecha 29-04-03, mediante la cual se Apercibe al abogado defensor, ALFREDO RAMPHYS JIMÉNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 31.969; de conformidad con lo establecido en los artículos 102 y 103 del Código Orgánico Procesal Penal; específicamente en el capítulo Tercero de dicha decisión, contentivo de los alegatos del Juzgador, en donde se señaló como fecha en la cual las partes solicitaron se cambiara la fecha fijada para la continuación del debate oral y público, el día 14-04-03; siendo lo correcto en audiencia de fecha 21-04-03; continuación que en esa oportunidad, había sido fijada para el .....