REVOCA el pronunciamiento emitido por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, de fecha 22 de marzo de 2005, mediante el cual DECRETÓ la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano BOTTARO GONZÁLEZ CARLOS FRANCISCO, por considerar que se encuentran llenos los requisitos exigidos en los artículos 250 y 251 parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarlo presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES tipificados en los artículos 458, 277 y 415 del Código Penal Venezolano Vigente; y en su lugar ACUERDA la aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad previstas en el artículo 256 del Texto Adjetivo Penal, en sus ordinales 6° y 8°.