Se DECLARA CON LUGAR, el medio de impugnación objetiva interpuesto por los abogados JOSÉ MIGUEL UGUETO ESCOBAR, ANTHGLORIS DÍAZ MEZA y JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ OSUNA; por consiguiente, se ANULA la decisión de fecha 26 de enero de 2015 dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal Estadal en Funciones de Juicio Segundo (2º) Itinerante del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante la cual condenó al ciudadano VILLARROEL BELLO OSWALDO RAFAEL, a cumplir una pena de dos (02) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, tipificado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la víctima ciudadano Fernando Jiménez; de conformidad con los artículos 174, 175, 179 y 180 en concordancia con los artículos 444 numeral 2 y 449 del Código Orgánico Procesal Penal; como consecuencia, se anulan todos los efectos consecutivos que dependan de él, a los fines de evitar a futuro, posibles vicios que puedan.....