Decreta la NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 06-03-2015, por el Tribunal Primero (1º) Itinerante de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de esta Extensión Judicial, mediante la cual dictó el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a los ciudadanos OTERO ZAPATERO ENRIQUE LUÍS, VARGAS JHONATAN JOSÉ, GUEVARA CISNEROS DOUGLAS ALEXANDER Y RENGIFO MEJÍAS ÁNGEL LUÍS, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA y AGAVILLAMIENTO, tipificados en los artículos 458 en relación con el 83 y 286, todos del Código Penal; respectivamente.