declara: PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual resultara aprehendido el ciudadano: BELLORIN QUIÑONEZ REINALDO OMAR, manifestó ser titular de la cédula de Identidad V-4.430.155, de nacionalidad venezolano, de 51 años de edad, natural del Caracas, Distrito Capital, nacido el 13-03-1954, hijo de Alicia Bellorin (f) y Pedro José Vellorí Capote (f), de estado civil casado, de profesión u oficio bienes raíces, residenciado en Calle Escoliar, Las Acacias, edificio San Biallo, piso 3, apartamento 12, teléfono 0412-7342838; por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 ejusdem; hecho este que se subsume en la comisión del delito de Usurpación de Funciones, previsto y sancionado en el artículo 214 del Código Penal; situación esta que implica que nos encontramos en el supuesto de excepción a la inviolabilidad del derecho a la libertad personal, establecido en el artí.....