DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente señalados, este Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad que le confiere la Ley y por estar ajustada a derecho la petición de el demandante DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano, JOSE FRANCISCO ORELLAN CATARI, en contra de la demandada GRUPO AGUILAS GUARDIANES 2011 C.A. ambas partes plenamente identificadas en los autos. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar al accionante los siguientes conceptos: antigüedad (Bs. 26.858,85); Vacaciones fraccionadas: (Bs 1.080,98); Bono vacacional fraccionadas: (Bs 1.080,98); Utilidades fraccionadas: (Bs. 2.049,9).- TERCERO: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo, a los fines de cuantificar, lo.....