Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 03 de Junio de 2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el articulo 413 del Código Penal, (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA) SUAREZ, (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA) y (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, fueron sancionados a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS y simultáneamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, establecidas en los artículos 628 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de l.....