PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana GILMA NELLY MONCADA DE ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-160.593 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDADORA; contra el ciudadano MARWIN FERNANDO ARAQUE BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.425 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO, por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL.
SEGUNDO: Se CONDENA al ciudadano MARWIN FERNANDO ARAQUE BRICEÑO, ya identificado, a hacer entrega a la ciudadana GILMA NELLY MONCADA DE ARAQUE, también identificada, del local comercial que forma parte del inmueble signado con el N° 13-82, ubicado en la carrera 10, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, objeto del arrendamiento, en las mismas condiciones en que lo recibió conforme indica la cláusula "SEXTA" del contrato, haciendo para ello las reparaciones que sean necesarias, libre de personas y de bienes.