Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en los artículos 993 y 822 del Código Civil concatenado con los artículos 898, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna. DECLARA PRIMERO: TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Sucesión del de cujus NESTOR DAVID MARRERO LOPEZ venezolano, ex titular de la cédula de identidad N° V-28.006.775, a favor de los ciudadanos NESTOR MARRERO TRUJILLO, y LUISA MARIA LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.613.935 y V-15.697.308, respectivamente. En consecuencia, regístrese en el libro respectivo. Se advierte .....