Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano LUIS ALBERTO CUNES CALDERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.117.988, con fundamento en lo previsto en las sentencias vinculantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nos. 12-1163 de fecha dos (2) de junio de dos mil quince (2015) y 1070 de fecha nueve (9) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), y la sentencia No. 136 de la Sala de Casación Civil, dictada en fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que unía al prenombrado ciudadano con la ciudadana MARY FRANCIS COLMENARES CONTRERAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.863.951, el cual fue contraído ante el Registro Civil del Municipio Cristóbal Rojas Charallave del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veinticinco (25) de noviembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), tal como se despr.....