DECLARA REVISADA la medida cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera impuesta por el Juzgado Tercero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 04 de Junio de 2008, al acusado PACHECO CARLOS ALBINO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 14.519.998, respectivamente; y ACUERDA PRIMERO: MANTENER la medida cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera impuesta por el Juzgado Tercero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 04 de Junio de 2008. Todo conforme con lo previsto en el artículo 264, 250, 251, 243 y 244, todos del Código Orgánico Procesal Penal.