Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se REVOCA, en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 13 de julio de 2016. SEGUNDO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano TEÓFILO ANTONIO URBINA GUEVARA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 4.372.517 en contra de los ciudadanos JESÚS ANTONIO URBINA GUEVARA, EUSTACIA URBINA GUEVARA y MUNDA ANTONIA URBINA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 5.534.464, 3.594.456 y 4.234.453, respectivamente.
Dada la naturalez.....