...este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos RAUL JOSE OLIVEIRA PEREIRA, JESUS ENRIQUE OLIVEIRA PEREIRA y YGNACIO EMANUEL OLIVEIRA PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 12.416.791, V- 13.910.072 y V- 13.910.073, respectivamente, en su condición de hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los causantes: MARTINHA PEREIRA DE OLIVEIRA y RAUL OLIVEIRA VENTURA, quien en vida fueran portugueses mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. E- 81.071.164 y E- 461.698, respectivamente....