DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensora del acusado FRANCIA JUAN CARLOS. .SEGUNDO: Se extiende el lapso de presentación de ocho (8) días a quince ( 15)días por ante este Juzgado , del ciudadano acusado FRANCIA JUAN CARLOS. TERCERO: Debe el acusado de autos consignar al Tribunal la respectiva Constancia de Trabajo, una vez se haga efectivo el mismo, así como constancia, certificada por la autoridad competente, de los días que por causas imprevistas y ajenas a su voluntad no cumpla con el lapso de las presentaciones cada 15 días. CUARTO: Se mantienen las otras medidas cautelares que pesan sobre el acusado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 256 y 264 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.