Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida en contra del ciudadano CARRILLO FERNANDO JESUS, Venezolano, natural de Caracas, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.800.804, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, el cual prevé pena de prisión de uno (01) a cinco (05) años, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, ya que , a pesar de la certeza no existe razonablemente por parte del Ministerio Público incorporar nuevos datos a la investigación, no existiendo suficientes bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del ciudadano imputado de autos...