PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ALI MARTIN RODRIGUEZ RAMIREZ, HENRY JOSE TORRES BRICEÑO, ANASTACIO SILVA y ARTURO JOEL SOSA TORRES, titulares de la cédula de identidad Nros. V-15.040.355, V-10.278.381, V-4.478.910 y V-12.641.057, respectivamente, contra la Sociedad Mercantil "CONSTRUCTORA PEDECA, C.A." antes identificado y se condena a cancelar los referido ciudadanos los intereses sobre prestaciones sociales debidamente especificados en la parte motiva del fallo.-
SEGUNDO: Se ordena cancelar los intereses de mora, conforme lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en caso de que la demandada no cumpliese voluntariamente con la sentencia desde la fecha de decreto de ejecución hasta su materialización.
TERCERO: En virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.