Por lo anterior expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 250, 251 y 252 del Código Adjetivo Penal, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el imputado OLIVER FRANCISCO MAGALLANES, Venezolano Natural de Caracas donde nació en fecha 18-07-85, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-17.772.808, de estado civil soltero, domiciliado y residenciado en: San José de Barlovento calle Coromoto casa Nro 46 Municipio Andrés Bello Edo. Miranda; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipo penal previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal. Se ordena su reclusión en la Región Policial Nro 4. Se acuerda la continuación de la investigación por el procedimi.....