(...) este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ALFREDO LOZOYA GIL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: YUREIDI CECILIA LOZOYA ROJAS, YUREIMA DEL CARMEN LOZOYA ROJAS y CARMEN JOSEFINA ROJAS DE LOZOYA, portadores de las cedulas Nos V-20.175.830, V-20.175.831 y V-13.483.453, sin perjuicio de terceros. (...)