Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, extensión Barlovento con sede en Guarenas, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECLARA REVISADA la medida cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad que le fuera impuesta por el Juzgado en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 31 de marzo de 2015, al acusado CRISTIAN JOSE MEZA VILLA, de nacionalidad venezolana, natural de Petare, estado Miranda, titular de la cédula de identidad número V-19.738.323, fecha de nacimiento 01-09-1995, de estado civil soltero, de treinta (30) años de edad, profesión u oficio obrero, hijo de Yrama Villa y de Alberto Antonio Meza, residenciado en Petare, calle La Línea, sector El Hueco, casa sin número, Municipio Sucre, estado Miranda, teléfono 0424-1484318 y en su lugar ACUERDA SUSTITUIR la medida c.....