Con fundamento a las razones de hecho y de derecho analizadas, este Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la profesional del derecho ABG. YOSMAR HERNANDEZ, en su condición de Defensora Pública Encargada de la ciudadana YENIBETH BEATRIZ MAZA MAYORA, titular de la cédula de identidad V- 24.180.656, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 149, con las agravantes contenidas en el artículo 163 numeral 9º de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y en consecuencia SE NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD conforme a lo previsto en los artícul.....