ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en los Artículos 532, 330.6 y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA a los ciudadanos; JOSE LUIS FLORES RIVAS, venezolano, natural de Mérida, nacido el 27/07/72, de 32 años de edad, chofer, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.694.835, hijo de ANTOLIN FLORES (v) y de ANA ROSA RIVAS (v), residenciado en Guatire, Urbanización las Rosas, sector La Laguna, Edificio J, piso 2, apartamento J33, Municipio Zamora del Estado Miranda y YAJAIRA FLORES; venezolana, natural de Mérida, nacida el 14/02/71, de 33 años de edad, obrera, hija de ANTOLIN FLORES (v) y de ANA ROSA RIVAS (v), residenciada en Guatire, Urbanización las Rosas, sector La Laguna, Edificio J, piso 2, apartamento J33, Municipio Zamora del Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad N° 11.911.037. A C.....