Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO YORMAN ANTONIO DIAZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad No INDOCUMENTADO, de nacionalidad Colombiano, de 44 años de edad, nacido en Cucuta, de profesión u oficio Zapatero residenciado en Sierra Maestra, Frente a la Plaza el Plan El Samán, al lado de la bodega del señor Antonio casa No 38 23 de Enero Caracas; todo conforme a lo previsto en los artículos artículo 251, ordinales 1°°, 2° y 3° artículo 251, ordinales 1° y 2° y artículo 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, explicada en el texto de la motiva precedente. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Expídase la correspondiente Bo.....