DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR, el alegato de Prescripción de la acción opuesto por la parte accionada UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA COLEGIO ARANDU, C.A., Segundo: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ALFREDO GRATEROL BOSQUE, titular de la cédula de identidad número V-4.287.066, en contra de UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA COLEGIO ARANDÚ C.A., por concepto de Prestación de Antigüedad, Días Adicionales, Vacaciones y Bono Vacacional, Bonificación de Fin de Año, Indemnización Sustitutiva de Preaviso, Indemnización por Despido, Artículo 125 de la Ley Orgáni.....