Por todos los razonamientos antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Sección Adolescentes con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano, ______________; por su participación en la comisión del delito Contra la Seguridad de los Medios de Transporte y Comunicaciones, según lo dispuesto en el artículo 358 del Código Penal, en concordancia con el artículo 77 ordinales 11º y 12º, ejusdem, a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA , en la que deberá Incorporarse al Mercado Laboral y reiniciar sus estudios de educación básica, debiendo consignar los respectivos soportes ante el Juez de Ejecución correspondiente, dentro del lapso de tiempo de tres meses, una vez que de cumplimiento a la medida cautelar a la cual se encuentra sujeto, dictada por este Tribunal en fecha 06-12-03,.....