...declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por DUARTE MIGUEL SPÍNOLA RODRÍGUEZ contra MILA ASUNCIÓN NERI DE LATOUCHE. Como consecuencia de la anterior declaratoria con lugar de la acción propuesta, el Tribunal libra mandamiento de amparo constitucional a favor de las accionantes, consistente: 1°) Se ordena la restitución de la situación jurídica infringida por la querellada, consistente en que se le permita a la parte accionante seguir ocupando como arrendataria del inmueble identificado en autos y que la agraviante MILA ASUNCIÓN NERI DE LATOUCHE, se abstengan de realizar actos o desplegar conductas que obstaculicen el ejercicio de los derechos del agraviado y su grupo familiar en el inmueble constituido por el apartamento No. 12, primer piso del Edificio Moiral, Calle Guaicaipuro, Los Teques, jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, para lo cual se le fija un plazo de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la presente fech.....