OTORGA el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado: JERVIC EDUARDO GONZALEZ GUEVARA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.955.779, por el lapso de TRES (03) AÑOS,
contados a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, ello conforme a lo establecido en los artículos 494 y 495 del Código Orgánico Procesal Penal.