En consecuencia al descontar el tiempo en que ha estado privado de su libertad el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, es decir Tres (03) Mes y Ocho (08) días, al tiempo de la sanción impuesta la cual es de DOS (02) AÑOS, al mismo le falta por cumplir UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y Veintidós (22) días, culminando la misma en su totalidad en fecha Veintiséis (26) de Febrero del año 2006. Notifíquese a las partes, Ofíciese al Centro de Diagnostico y Tratamiento ¿Francisco de Miranda N° 1¿ con sede en Los Teques.