En consecuencia este tribunal toda vez que se evidencia que no se puede constituir nuevamente el tribunal en el undécimo (11) día y no siendo posible la continuación del JUICIO ORAL y PÚBLICO; el Juzgado Primero en función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, a tenor de las disposiciones contenidas en los artículos 335 en su encabezamiento y 337 del Código Orgánico Procesal Penal, expresamente DECLARA INTERRUMPIDO el debate oral y público en la presente causa y fija como nueva oportunidad para el inicio de la audiencia oral y pública el día lunes 13 de junio de 2005 a las 9:00 a.m., horas de la mañana. Se acuerda librar las correspondientes boletas de notificación a las partes, la boleta de traslado dirigida al Director Internado Judicial del Rodeo II, a nombre de los acusados de autos, así mismo se acuerda librar las correspondientes boletas de citaciones a los órganos de prueba. Provéase lo conducente y cúmplase.