Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la abogada Carmen Lucia Ravelo, en su carácter de apoderada judicial de los terceros intervinientes en la presente causa, en contra del auto de fecha 28 de febrero de 2008, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, incoara el ciudadano Eleazar Espino Méndez, contra la Asociación Civil Las Flores de Soapire. Se ordena la remisión del respectivo expediente al Tribunal de origen, y así se decide.-